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Nuevas obligaciones para el registro de viajeros

10/12/2024
 

A partir del 2 de diciembre de 2024, las personas físicas o jurídicas que presenten servicios de hospedaje a cambio de una contraprestación económica deberán dar cumplimiento a las obligaciones introducidas por el Real Decreto 933/2021, de 26 de octubre.

Los titulares de alojamientos, por medio de la plataforma desarrollada por el Ministerio del Interior (SES.HOSPEDAJES), deberán comunicar numerosos datos de sus huéspedes a las autoridades, sustituyéndose el registro vigente hasta el momento que se realizaba a través de las aplicaciones de hospederías de la Guardia Civil, Webpol o e-Hotel de la Policía Nacional, y en las que se aportaban menos datos que los ahora requeridos y que son los que constan en el Anexo I del Real Decreto 933/2021.

Asimismo, la responsabilidad de la exactitud de los datos facilitados se le atribuye a partir de ahora a los titulares de los alojamientos, quedando estos obligados a crear un registro informático con los datos recopilados durante un plazo de tres años a partir de la finalización del servicio.

El incumplimiento de las obligaciones previstas en dicho texto legal implicará la imposición de sanciones.

Si necesita más información al respecto, no dude en ponerse en contacto con nosotros.

 
 
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